En los últimos años ha aumentado el uso de nombres, símbolos, patrones y palabras indígenas, particularmente mapuche, para propósitos comerciales. Esto entra, sin duda, en la categoría de “apropiación cultural”, relativa a tomar ciertos elementos de una cultura y usarlos como propios, en este caso despolitizadamente, pero de modo no autorizado y mucho menos remunerado. No existen los derechos de autor, ni el concepto de plagio.
Esto a menudo implica una clara infracción de la ley. Sobre todo cuando se trata de tomar cosas palpables, como terrenos, propiedades, objetos o artefactos culturales, es decir, la propiedad privada. Sin embargo, entramos en terreno mucho más borroso cuando se trata de cosas intangibles como la simbología o los nombres indígenas.
Los mapuche hacen frente a este tipo de apropiación “sutil” o invisibilizada a diario. Simplemente caminando por las calles de un foco turístico, como Pucón, uno puede encontrar infinitas agencias de turismo o locales de comida, dirigidos por personas no mapuche pero que toman los nombres de sus tiendas del mapudungun. Nos encontramos constantemente con compañías cuyos logotipos son símbolos de la cosmovisión mapuche. Hay innumerables ejemplos de proyectos hidroeléctricos, forestales o mineros que adoptan los nombres de los sitios, personas y construcciones mapuches (y de otras etnias). Y está demás decir las incontables marcas que utilizan los diseños y patrones indígenas en sus prendas, muchas veces confeccionadas en base a la explotación de los trabajadores y la contaminación del medioambiente en su producción.
El uso de estos elementos culturales por parte de las empresas es una estrategia comercial, un intento de mostrarse más conectados con la naturaleza o más “auténticos”. Algo similar al greenwash, en muchas ocasiones. Pero en el acto de la apropiación, a menudo se demuestra un desconocimiento total por el significado cultural y espiritual detrás de estas palabras y estos símbolos. Tales acciones vacían parte la cultura mapuche de su significado de manera agresiva e irremediable, a través de la explotación comercial de sus simbolismos.
¿Por qué estos actos de apropiación son particularmente injustos? En primer lugar, porque describen un proceso unilateral, una especie de relación parasitaria en la que una empresa se beneficia de la cultura de otro grupo, sin permiso y sin ofrecer nada a cambio.
Los proyectos forestales, hidroeléctricos y mineros que intentan demostrar su proximidad a la naturaleza mediante la apropiación cultural de nombres o símbolos, están en realidad construyendo una pantalla que tapa la construcción de represas, la tala y la minería en tierras mapuche.
En adición, el uso no autorizado de elementos de la cultura nativa –elementos que forman parte de un sistema complejo que surge de su propia cosmología– puede perpetuar simplificaciones y estereotipos dañinos con respecto a esa cultura. En la medida que un símbolo, palabra o personaje son extraídos de su contexto y asociados a otro, pierden su significado y trascendencia original y son reemplazados por otro, en general mucho más banal, sobretodo, cuando estos se masifican. Este tipo de apropiación tiene un gran impacto en el nivel de control del grupo indígena sobre su propio patrimonio cultural, lo que finalmente debilita el control que tienen sobre su propia imagen.
También existen argumentos económicos contra la apropiación cultural. Si se extraen los símbolos y conceptos de una cultura minoritaria, bajo la premisa de vender más productos, se priva a la cultura minoritaria de su acceso al mercado y su habilidad de aprovechar su propio capital cultural. Sus palabras y sus simbolismos ya están tomados e inscritos por ley a alguien ajeno a su etnia. Frecuentemente aquellos que desean obtener ganancias al seleccionar elementos “rentables” de la cultura mapuche, lo hacen a expensas de esa misma comunidad. La acción extractivista afecta sus tierras y su cultura. Más aún, en vez de generar redes de colaboración y trabajo conjunto, sólo se genera un daño. Los mapuche ven su cultura valorada por su potencial rentable, sin ver rentas y mientras sus pueblos, tierras, derechos y luchas políticas siguen en picada.
Aquellos que defienden estos actos a menudo los califican como tributos a la cultura indígena o como una promoción la misma. Sin embargo, sin el consentimiento y la participación de los pueblos indígenas como propietarios de su propio patrimonio, es difícil ver el beneficio efectivo que podrían recibir.
Si bien, la Ley Indígena habla en su Artículo 28 sobre “el reconocimiento, respeto y protección de las culturas e idiomas indígenas”, no contiene un punto específico que los proteja del usufructo comercial, como sí pasa con los derechos de autor en otro tipo de expresiones culturales.
Es importante que entendamos el efecto potencialmente dañino de estas apropiaciones antes de perpetuarlas. Ante la vacío de la ley, debemos promover el entendimiento de que la libertad de expresión conlleva ciertas responsabilidades. En este sentido, sería fundamental que la comunidad mapuche tenga un espacio de negociación y se involucre activamente para así llegar a un acuerdo basado en el respeto, los derechos indígenas y la colaboración. Esta comprensión aseguraría que el patrimonio cultural permanezca ajeno al mal uso y abuso y que su reproducción se haga dentro de un contexto justo.
Nosotros, como consumidores, tenemos que aprender a reconocer los actos de apropiación perjudiciales la próxima vez que consideremos comprar algo de una marca que utilice términos o estética de otra cultura. No seamos nosotros quienes apoyen a las empresas que convierten ilícitamente la identidad indígena en capital y la vacían de su significado. Compartir las tradiciones y la cultura hace que la vida sea interesante, promueve la diversidad y integración social. Sin embargo, este intercambio cultura se debe llevar a cabo bajo los términos de su propietario
* Foto de portada ©Max Pixel.